(Por Daniel Bravo Dextre).- En
Audiencia Pública que se cumplió desde las 8:30 de la mañana de ayer, la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia escuchó los alegatos del
abogado del inhabilitado alcalde y del representante legal de la Municipalidad
Provincial de Ica.
El inhabilitado Mariano Nacimiento acudió a
la audiencia en compañía de su abogado Miguel Angel Aguado Ventura, quien
solicitó a la Sala presidida por Javier Villa Stein para que se declare la
nulidad de la sentencia de fecha 29 de Febrero de 2012, "al no estar
probada la responsabilidad penal de su patrocinado".
Aguado Ventura señaló que a Mariano
Nacimiento se le había condenado sólo con un documento que fue la certificación
policial, la misma que según su parecer había quedado desvirtuada por el
co-procesado Marcelino Cari Flores.
Además, sostuvo que el acta de visualización
del video carece de valor por no haber estado presente el representante del
Ministerio Público y el propio encausado con su abogado.
Igualmente, manifestó que el ex Alcalde no
había cometido el delito de Peculado de Uso en Agravio del Estado, por cuanto
la camioneta usada en el traslado de sus hijos es de propiedad de EMAPICA, cuyo
Directorio se rige mediante un régimen privado.
El abogado de la Municipalidad Provincial de
Ica, Percy Acuña Román, sostuvo que la pena privativa de la libertad de un año
había sido benigna para el encausado, teniendo en cuenta que había quedado
probada su conducta delictiva en la modalidad de Peculado de Uso, al utilizar
para su provecho familiar un vehículo del Estado que le fue asignado para el
uso exclusivo de su actividad como Alcalde, por lo que pidió que se reformule
la sentencia y se aplique una pena mayor.
El Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía
Suprema Penal, Dr. Pedro Chavarri Vallejos en su Dictamen Nº 2074-2012
contenido en el Exp. Nº 1942-2009 opina que la Sala Suprema declare No Haber
Nulidad a la sentencia apelada por los sentenciados Nacimiento Quispe y Cari
Flores, tras hacer toda una fundamentación jurídica en la que prueba que sí
cometió delito de Peculado de Uso.
El fallo de la Sala Villa Stein ha quedado al
voto, cuyo veredicto podría conocerse dentro de 15 a 30 días, dependiendo la
carga procesal de la Sala Suprema, cuya mayoría de sus componeIca (Daniel Bravo Dextre).- En
Audiencia Pública que se cumplió desde las 8:30 de la mañana de ayer, la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia escuchó los alegatos del
abogado del inhabilitado alcalde y del representante legal de la Municipalidad
Provincial de Ica.
El inhabilitado Mariano Nacimiento acudió a
la audiencia en compañía de su abogado Miguel Angel Aguado Ventura, quien
solicitó a la Sala presidida por Javier Villa Stein para que se declare la
nulidad de la sentencia de fecha 29 de Febrero de 2012, "al no estar
probada la responsabilidad penal de su patrocinado".
Aguado Ventura señaló que a Mariano
Nacimiento se le había condenado sólo con un documento que fue la certificación
policial, la misma que según su parecer había quedado desvirtuada por el
co-procesado Marcelino Cari Flores.
Además, sostuvo que el acta de visualización
del video carece de valor por no haber estado presente el representante del
Ministerio Público y el propio encausado con su abogado.
Igualmente, manifestó que el ex Alcalde no
había cometido el delito de Peculado de Uso en Agravio del Estado, por cuanto
la camioneta usada en el traslado de sus hijos es de propiedad de EMAPICA, cuyo
Directorio se rige mediante un régimen privado.
El abogado de la Municipalidad Provincial de
Ica, Percy Acuña Román, sostuvo que la pena privativa de la libertad de un año
había sido benigna para el encausado, teniendo en cuenta que había quedado
probada su conducta delictiva en la modalidad de Peculado de Uso, al utilizar
para su provecho familiar un vehículo del Estado que le fue asignado para el
uso exclusivo de su actividad como Alcalde, por lo que pidió que se reformule
la sentencia y se aplique una pena mayor.
El Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía
Suprema Penal, Dr. Pedro Chavarri Vallejos en su Dictamen Nº 2074-2012
contenido en el Exp. Nº 1942-2009 opina que la Sala Suprema declare No Haber
Nulidad a la sentencia apelada por los sentenciados Nacimiento Quispe y Cari
Flores, tras hacer toda una fundamentación jurídica en la que prueba que sí
cometió delito de Peculado de Uso.
El fallo de la Sala Villa Stein ha quedado al
voto, cuyo veredicto podría conocerse dentro de 15 a 30 días, dependiendo la
carga procesal de la Sala Suprema, cuya mayoría de sus componentes le redujeron
la pena al Grupo Colina por la masacre de Barrios Altos y absolvió de todos los
cargos de violación de menores a Esliván Vergara Ventura.
Existe peligro procesal, porque uno de los
hijos de Vladimir Paz De la Barra ha estado brindando asesoría legal paralela a
Mariano Nacimiento, según la fuente que tenemos.
Resulta que Paz De la Barra es miembro del
Consejo Nacional de la Magistratura, donde Villa Stein es investigado por el
írrito fallo en el Caso del Grupo Colina. Si fuese cierto ese vínculo (Paz De
la Barra - Nacimiento), entonces es bastante probable que le den la mano al
inhabilitado anulando la sentencia de la Sala Superior, disponiendo que se
realice un nuevo Juicio Oral.
Basándose en esa premisa, entonces Mariano
Nacimiento en 15 días debe estar sentándose nuevamente en el sillón edilicio a
la espera de un nuevo Juicio Oral. Téngase en cuenta que la sentencia del
Megamercado por Cambio de Uso del terreno no puede aplicarse, debido a que fue
apelada a su debido tiempo y no quedó consentida.
ntes le redujeron
la pena al Grupo Colina por la masacre de Barrios Altos y absolvió de todos los
cargos de violación de menores a Esliván Vergara Ventura.
Existe peligro procesal, porque uno de los
hijos de Vladimir Paz De la Barra ha estado brindando asesoría legal paralela a
Mariano Nacimiento, según la fuente que tenemos.
Resulta que Paz De la Barra es miembro del
Consejo Nacional de la Magistratura, donde Villa Stein es investigado por el
írrito fallo en el Caso del Grupo Colina. Si fuese cierto ese vínculo (Paz De
la Barra - Nacimiento), entonces es bastante probable que le den la mano al
inhabilitado anulando la sentencia de la Sala Superior, disponiendo que se
realice un nuevo Juicio Oral.
Basándose en esa premisa, entonces Mariano
Nacimiento en 15 días debe estar sentándose nuevamente en el sillón edilicio a
la espera de un nuevo Juicio Oral. Téngase en cuenta que la sentencia del
Megamercado por Cambio de Uso del terreno no puede aplicarse, debido a que fue
apelada a su debido tiempo y no quedó consentida.
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